BDNS (Identificador): 759383
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 27 de mayo de 2024 hasta el 7 de junio de 2024.
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período establecido, y cumplan los requisitos.
¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?
Los beneficiarios deberán cumpliar los siguientes requisitos y obligaciones; además deberán destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el que se concedió la subvención, mantener la actividad en el establecimiento en el cual se ejecutó el proyecto subvencionado y las medidas de publicidad del carácter público de la financiación del mismo, al menos durante dos años desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada:
Requisitos y obligaciones (111 kbytes)
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Podrán subvencionarse proyectos de inversión en establecimientos ubicados en CASTILLA Y LEÓN, cuya finalidad sea:
I. La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad subvencionable.
II. O su digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
III. O bien ambas a la vez.
En esta convocatoria se entiende por servicios de proximidad y de nueva creación los indicados. Igualmente, serán subvencionables los siguientes gastos que estén relacionados con el proyecto objeto de la solicitud de ayuda ejecutados entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, ambos inclusive:
- ¿Qué se consideran Servicios de proximidad y de nueva creación? (58 kbytes)
- Gastos subvencionables (62 kbytes)
CUANTÍA:
- La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 60% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
- a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 €
- b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 €
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