BDNS (Identificador): 701978
FECHA DE PUBLICACIÓN:
14 de junio de 2023
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?
Desde el 28 de junio de 2023 hasta el 28 de julio de 2023.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Las actuaciones subvencionables serán los proyectos de Industria 4.0 o Digitalización Industrial, ligados al producto-proceso industrial de la empresa solicitante, que incorporen o hagan uso de las tecnologías indicadas a continuación.
El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas será desde el 1 de julio de 2022 hasta el 15 de agosto del 2024.
Actuaciones y gastos subvencionables (110 kbytes)
CUANTÍA:
- La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables.
- El porcentaje de subvención concedido será el 50% de los costes considerados subvencionables, por todos los conceptos.
- Se incrementará en un 10% para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo ubicado en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento, a fecha de publicación de la convocatoria, o no esté ubicado en el ámbito de un área funcional estable.
- La cuantía subvencionable imputable a las colaboraciones externas no podrá exceder del 25% del total de la subvención concedida, no siendo, por lo tanto, admisibles aquellos proyectos que únicamente cuenten con colaboraciones externas.
- Se fija un límite máximo de subvención por proyecto de 150.000€, para los gastos considerados subvencionables.
- Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 30.000€, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no superen este mínimo no serán subvencionables.