BDNS (Identif.): 576916
Serán subvencionables, las solicitudes de subvención de las personas trabajadoras por cuenta propia cuya fecha de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente se hubiera producido, en las condiciones establecidas, entre el día 1 de junio de 2020 y el día 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive.
REQUISITOS:
- Haber solicitado el alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, antes de presentar la solicitud de subvención.
- Estar desempleado/a e inscrito/a como demandante de empleo, no ocupado/a, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior, o cumplir los requisitos para su obtención, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, relacionada con la actividad por la que se solicita la subvención.
CUANTÍA:
El importe de la subvención será de 8.000 €, que podrá ser incrementado si concurre alguna de las circunstancias siguientes:
plazo:
Desde el 29 de julio de 2021 hasta el 15 de octubre de 2021
Más información y solicitudes aquí