BDNS (Identificador): 697812
PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 9 de junio de 2023 hasta el 22 de junio de 2023.
BENEFICIARIOS
Personas físicas y jurídicas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las inversiones subvencionadas dentro del período establecido, y cumplan los requisitos.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Podrán subvencionarse los proyectos de inversión que tengan como finalidad:
I. La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad subvencionable.
II. La digitalización mediante la implantación o la introducción de mejoras en su sistema de gestión y/o de comercialización, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
III. Ambas a la vez.
Serán subvencionables los gastos ejecutados entre el 1 de abril de 2022 y el 31 de marzo de 2023, ambos inclusive.
Requisitos de los gastos subvencionables (87 kbytes)
CUANTÍA:
- La cuantía de la subvención, por cada establecimiento para el que se solicite, será de un 60% del presupuesto aceptado con los siguientes límites:
- a) No serán subvencionables los proyectos con un presupuesto subvencionable inferior a 2.000 euros.
- b) El presupuesto máximo aceptado será de 40.000 euros.