BDNS (Identificador): 604297
PLAZO:
Desde el 7 de febrero de 2022 hasta el 4 de marzo de 2022
BENEFICIARIOS
Personas, físicas o jurídicas, privadas con ánimo de lucro, agrupaciones de ambas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aunque carezcan de personalidad jurídica lleven a cabo las acciones objeto de la subvención.
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Se subvencionará, con la finalidad de mejorar las condiciones de seguridad y salud en la empresa, la adquisición, adaptación o renovación de los siguientes equipos de trabajo:
a) La adaptación o renovación de aquellos equipos de trabajo que carezcan de las medidas de seguridad suficiente y necesaria para minimizar o eliminar los riesgos.
b) Equipos de trabajo para el control de contaminantes de naturaleza química, física y/o biológica dentro del centro de trabajo.
c) Elementos destinados a la adaptación ergonómica de puestos de trabajo.
El concepto de «equipo de trabajo» es el recogido en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo: cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizados en el trabajo.
La inversión de los gastos subvencionables deberá estar comprendida entre el día 1 de septiembre de 2021 y el día 31 de agosto de 2022, ambos inclusive.
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