BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas y jurídicas, las comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que cumplan los requisitos.
OBJETO
I. La modernización y/o la mejora de la imagen del establecimiento artesano y/o su adecuación para el ejercicio de la actividad artesana.
II. La implantación o la introducción de mejoras en su sistema de producción.
III. Su digitalización mediante la implantación, sobre la base de la incorporación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, de sistemas de gestión y/o de comercialización del establecimiento artesano, especialmente la implementación de plataformas de venta online, o la introducción de mejoras en los sistemas ya existentes, así como la realización de actuaciones promocionales basadas igualmente en el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
IV. La participación en ferias de artesanía.
V. O bien varias de las anteriores a la vez.
Serán susceptibles de financiación los gastos que se ejecuten entre el 17 de octubre del año 2020 y el 16 de octubre del año 2021, ambos inclusive.
PLAZO PRESENTACIÓN SOLICITUDES
Desde el 10 de abril de 2021 hasta el 3 de mayo de 2021